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2. La reforma de Aureliano
En el año 274 dC, Aureliano emprende una verdadera reforma monetaria. Desde la revuelta organizada por los monederos en 271 dC, que terminó en un baño de sangre, el emperador a buen seguro habría sido conciente del grave estado del sistema monetario y de los muchos abusos que se habían producido en la ceca central. Probablemente pretendió una reforma incluso más profunda, pero otros asuntos apremiantes de índole política, militar o económica, le hicieron tener que contentarse con algo más superficial.
A partir de esta reforma, las monedas se acuñan con un peso más regular, con mayor estabilidad en su composición metálica y presentan una calidad artística mucho más cuidada. Nace aquí, como base del sistema, un nuevo antoniniano, llamado también por algunos autores, quizás más propiamente, “aureliano“, debiendo este nombre al reformador. Como ocurre con el antiguo antoniniano de plata que creó Caracalla, tampoco sabemos el verdadero nombre de esta moneda, aunque, como también sucediera con el primigenio antoniniano, encontramos su denominación (tal vez genérica) en la Historia Augusta. Se trata de una supuesta carta del emperador Valeriano al prefecto del Pretorio en la que se habla del salario que se debía conceder a un joven Probo, recientemente ascendido por el emperador al tribunado:
“Valerianus Augustus Mulvio Gallicano praefecto praetorio. Mireris fortassis, quod ego imberbem tribunum fecerim contra sententiam divi Hadriani, sed non multum miraberis, si Probum cogitas; est adulescens vere probus; numquam enim aliud mihi, cum eum cogito, nisi eius nomen occurrit, quod nisi nomen haberet, potuit habere cognomen. Huic igitur dari iubebis, quoniam mediocris fortunae est, ut eius dignitas incrementis iuvetur, tunicas russulas duas, pallia Gallica duo fibulata, interulas paragaudias duas, patinam argenteam librarum decem specellatam, aureos Antoninianos centum, argenteos Aurelianos mille, aereos Philippeos decem milia; item in salario diurno, bubulae pondo . . ., porcinae pondo sex, caprinae pondo decem, gallinaceum per biduum, olei per biduum sextarium unum, vini veteris diurnos sextarios decem cum larido, bucellati, aceti, salis, holerum, lignorum quantum sat est. Hospitia praeterea eidem ut tribunis legionum praeberi iubebis.”[1]
“Valeriano Augusto a Mulvio Galicano, prefecto del Pretorio. Tal vez te asombres de que haya elevado al tribunado a un joven aún imberbe, contraviniendo el parecer del divino Adriano, pero no te asombrarás tanto si piensas en Probo; es un muchacho realmente probo; efectivamente, cuando pienso en él, jamás se me viene al pensamiento otra cosa que el nombre de Probo, que si no lo tuvo como nombre (nomen) pudo tenerlo como sobrenombre (cognomen). Por consiguiente, puesto que posee una escasa fortuna, para que la dignidad que ostenta se vea arropada con distintas ayudas, darás la orden de que le entreguen dos túnicas rojas, dos mantos bordados, una bandeja de plata bruñida de diez libras de peso, cien Antoninianos de oro, mil Aurelianos de plata y diez mil filipeos de bronce; asimismo recibirá como salario diario… diez libras de carne de buey, seis de carne de cerdo y diez de carne de cabra, un pollo y un sestario de aceite cada dos días y diez sestarios de vino diarios junto con tocino, galletas, sal, legumbres y toda la leña que necesite. Ordenarás, además, que le proporcionen albergues, como a los tribunos de las legiones“.[2]
Nótese que Valeriano hace referencia a “aurelianos de plata”, que jamás se acuñaría, si bien es cierto que la nueva moneda debía presentar en su tiempo realmente el aspecto de una moneda de plata, como veremos seguidamente.
Nosotros llamamos en este Blog “antoniniano” a esta moneda, por ser la denominación con la que habitualmente se la conoce, aunque matizamos tal denominación con la expresión “de vellón” en la mayoría de las entradas de esta web.
El nuevo antoniniano se acuña a 1/84 de la libra romana según P. Bastien y V. Cubelli (si seguimos a S. Estiot se tallarían a 1/80 de la libra) [3], por consiguiente pesa alrededor de 3,84 grs. (ó 4,05 grs. según S. Estiot y Sydenham aunque este habla también de un peso máximo de 4,53 grs.). Quiere esto decir que los trabajadores de la ceca deberían obtener 84 ó 80 antoninianos por cada 327,45 grs. de vellón. El porcentaje de plata presente en los mismos se sitúa en torno al 5 % (4,5 % para Estiot). La moneda de vellón está cubierta por una finísima película de plata que les hace tener ese aspecto argénteo pese a la exigua mezcla de metal noble.
Antoninianos post reforma de Aureliano, con y sin marca XXI
Pero la reforma de Aureliano no se limitó a dar una mayor estabilidad y una mejor calidad a las acuñaciones, supuso también un intento de fijar definitivamente su valor facial o fiduciario. Prueba de ello es que buena parte de los antoninianos post reforma -no todos- llevan la marca XXI o su equivalente en griego KA en el exergo (a veces abreviadas como XX ó K. o escrita XX.I). También algunas de las monedas más pequeñas de cobre plateado que conocemos como “denarios” llevan marca de valor, en este caso VSV. Pero si esto parece claro, lo que ya no está tan claro es qué significan esas marcas, y que equivalencias monetarias pueden establecerse en el nuevo sistema reformado.
“Denario” de Aureliano. Colección particular.
[1] SHA. Vita Probi, 4.3
[2] Traducción de Vicente Picón y Antonio Cascón. Akal. Madrid. 1989. Pags.676-677. Los paréntesis son nuestros.
[3] Comentario de S. Estiot de la obra de V. Cubelli, Aureliano Imperatore: la rivolta dei moneteri e la cosiddeta riforma monetaria, Florencia, 1992, en Aureliana. Revue numismatique, 1995. Pags. 50 a 56.
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